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Ayudas IMDEEC 2023

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Ayudas Imdeec 2023

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INFRAESTRUCTURA BÁSICA 2023

Ayudas para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía 2023

Este programa de ayudas, que aporta una cuantía subvencionable de 100.000 a 200.000€ se destina a cubrir total o parcialmente las inversiones o gastos abonados durante el año en curso necesarios para la puesta en marcha de proyectos industriales o servindustriales, siempre que se haya puesto de manifiesto el inicio de la inversión y se destina a personas físicas o jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro que tengan una actividad comprendida entre los CNAE de la siguiente tabla::

  1. Creación de un nuevo establecimiento.
  2. Ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
  3. Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento.
  4. Transformación en el proceso de producción de un establecimiento existente.
  5. Desarrollo de una actividad de un establecimiento, que puede ser una actividad nueva, la misma o similar a las que se vienen realizando previamente en el establecimiento.
  6. Infraestructuras e instalaciones necesarias para la mejora o dotación del entorno industrial en polígonos industriales, parques empresariales o espacios productivos.

Los gastos subvencionables por esta ayuda son los siguientes:

  1. Terrenos (Módulo de 36€/m2 de terreno no urbanizado, 72€/m2 de terreno urbanizado).
  2. Construcciones.
  3. Construcción de naves (incluidas instalaciones de climatización, fontanería, aparatos sanitarios, alumbrado e instalaciones eléctricas de baja tensión). Módulos correctores: naves industriales 252 euros, nave frigorífica 315 euros, oficinas 303 euros.
  4. Acondicionamiento y reforma de nave (Límite de 75% de los módulos anteriores).
  5. Adquisición de nave construida. (Módulos: 324 €/m2 construido para naves, 405€/m2 para nave frigorífica y 375 €/m2 para oficina).
  6. Infraestructura eléctrica.

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Ayudas a autónomos 2023

Línea 1: Ayuda Cuota 0 de Autónomos

Consiste en una subvención para todos los nuevos autónomos que se den de alta como trabajadores por cuenta propia. La cuota cero es una ayuda que van a poder recibir los autónomos que inicien su actividad, para compensar la carga de gasto que supondrán los cambios de cotización a la Seguridad Social a partir de 2023 y cubrirá la cuota que deberían pagar a la Seguridad Social durante el primer año y la cuota durante su segundo año siempre y cuando cobren por debajo del SMI.

Esta ayuda está dirigida a los nuevos autónomos que se den de alta en el RETA a partir de enero de 2023 y estén acogidos a la Tarifa Plana Estatal.

Línea 2: Estabilización Iniciativa Emprendedora Autónomos. Junta de Andalucía.

Esta línea tiene por objeto subvencionar en régimen de concurrencia no competitiva, el inicio de actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

La cuantía subvencionable será de:

  1. Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: 5.000€
  2. Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.000€
  3. Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 3.800€
  4. Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 3.800€

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Programa Contrata 2023

Este programa concede hasta 19.800 euros por la realización de hasta 2 nuevas contrataciones en el año 2023. La cuantía subvencionable será atendiendo al “grupo de cotización” en el que esté encuadrado la persona a contratar y la duración de la contratación:

GRUPO COTIZACIÓN SEGURIDAD SOCIALCUANTÍA MÁXIMA / CONTRATO > 6 MESES
1 9.900 €
2 8.500 €
3 8.000 €
4 a 11 7.500 €

Podrán solicitarla las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada “ERL”), y las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas, y cumplan los siguientes requisitos:

  • Las contrataciones tendrán fecha de inicio del contrato desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre 2023.
  • Las contrataciones han de suponer, al menos, un incremento neto de la plantilla a fecha de inicio del contrato respecto al 31 de diciembre de 2022 (no valen sustituciones).

Las contrataciones se realizarán obligatoriamente:

  1. A personas en situación de desempleo e inscritas como tales ante el SAE a fecha de la firma / formalización del contrato.
  2. A personas que deberán estar empadronadas, en el municipio de Córdoba a la fecha de formalización del contrato.
  3. Bajo la modalidad de contrato fijo indefinido.
  4. Con una jornada laboral al menos del 60%.

IMDEEC 2023

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