Línea 1: Fomento del Trabajo Autónomo en Andalucía. Cuota 0 - Junta de Andalucía

Línea 1: Fomento del Trabajo Autónomo en Andalucía. Cuota 0 - Junta de Andalucía

¿En qué consiste?

Estas subvenciones están destinadas a financiar los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de trabajadores autónomos.

  • Primer año:

La subvención cubrirá la cuota reducida de 80 euros establecida en la Tarifa Plana, permitiendo que los autónomos no tengan que pagar nada durante su primer año de actividad.

  • Segundo año: 
Si los ingresos netos del autónomo con inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual, la subvención cubrirá el 100% de la cuota, continuando con la Cuota Cero durante el segundo año. 

Podrán solicitar estas ayudas los autónomos que, a partir del 1 de enero de 2023, ejerzan una actividad económica o profesional.

  • Alta en el Régimen de la Seguridad Social.
  • Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
  • Beneficiario de la cuota reducida (Tarifa Plana).
  • Haber continuado con la cuota reducida entre los meses 13 y 24, siempre que los rendimientos económicos netos anuales durante ese periodo sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual

Del 2 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026.

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