AYUDAS 2024
Andalucía TRADE
Incentivos para el fomento de la I+D+i, la competitividad y puesta en marcha de las PyMES
Ayudas 2024
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¿Tienes una pyme o un proyecto de mejora de competitividad o investigación? Si es así,
¡esta subvención es para tu empresa!
Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental (I+D)
Objeto de la Ayuda
Estas subvenciones a fondo perdido, en régimen de concurrencia no competitiva, van dirigidas a proyectos que busquen promover la investigación industrial y el desarrollo experimental en Andalucía.
Habrá dos tipologías de proyectos: Investigación Industrial Desarrollo Experimental
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las Sociedades Mercantiles, Cooperativas y Sociedades Laborales válidamente constituidas e inscritas en el registro.
Quedan excluídos: Asociaciones, Fundaciones, Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Corporaciones del Derecho Público.
Cuantía
El porcentaje subvencionable oscilará entre el 35-45% de la inversión realizada.
La inversión mínima será de 30.000€.
El importe máximo por beneficiario es de hasta 400.000€
Finalización: 30/12/2025
Plazo de solicitud: 10 de julio de 2024 al 30 de diciembre de 2025
Algunos gastos subvencionables
– Gastos de personal investigador, personal técnico con vinculación laboral con la entidad beneficiaria.
– Costes de investigación contractual
– Costes de consultoría destinados al proyecto (excluida la tramitación de subvenciones).
Proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad
Objeto de la Ayuda
Estas subvenciones a fondo perdido, en régimen de concurrencia no competitiva, van dirigidas a proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las pymes en Andalucía.
Los proyectos tendrán que encajar en alguna de las siguientes líneas: creación de un nuevo establecimiento, ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se prestaban o transformación fundamental del proceso global de producción del producto o prestación del servicio.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las PYMES cuyos CNAE estén incluidos entre: DEL 07 AL 11, del 13 al 18, del 20 al 33, 35, del 38 al 39, 43, 52, 58, 59, 62, 63, 71, 72 y 74.
*Estos CNAE están sujetos a excepciones que han de ser consultadas.
Quedan excluídos: asociaciones, fundaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, corporaciones del Derecho Público o consorcios.
Cuantía
El porcentaje subvencionable podrá llegar hasta el 70% de la inversión realizada.
La inversión mínima será de 30.000€. El importe máximo no estará limitado.
Plazo de solicitud: 10 de julio de 2024 al 30 de diciembre de 2025
Algunos gastos subvencionables
– Terrenos urbanos (máximo 10% de la inversión total).
– Naves y construcciones: adquisición, construcción, rehabilitación o mejora de bienes inmuebles.
– Bienes de equipos de proceso.
– Bienes de equipo auxiliares e instalaciones.
– Equipos informáticos o de infraestructura TIC.
– Adquisición y tratamiento de software (excluidas licencias de sistema operativo o aplicaciones de informática).
– Arrendamiento financiero siempre que haya obligación de compra al final de contrato.
Proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas
Objeto de la Ayuda
Estas subvenciones a fondo perdido, en régimen de concurrencia no competitiva, van dirigidas a proyectos empresariales promovidos por pequeñas empresas y microempresas, con antigüedad no superior a 5 años antes de la fecha de presentación de la solicitud para la creación de un establecimiento operativo en Andalucía.
Beneficiarios
Serán beneficiarios PYMEs (pequeñas empresas y microempresas) incluidas en el listado de CNAEs admitidas.
EXCLUÍDOS: personas empresarias individuales, asociaciones, fundaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes o corporaciones del derecho público.
Cuantía
El porcentaje subvencionable podrá llegar hasta el 75% de la inversión realizada.
La inversión mínima será de 30.000€. El importe máximo será de 1.000.000€
Plazo de solicitud: 10 de julio de 2024 al 30 de diciembre de 2027
Algunos gastos subvencionables
– Terrenos urbanos (máximo 10% de la inversión total).
– Naves y construcciones: adquisición, construcción, rehabilitación o mejora de bienes inmuebles.
– Bienes de equipos de proceso.
– Bienes de equipo auxiliares e instalaciones.
– Equipos informáticos o de infraestructura TIC.
– Adquisición y tratamiento de software (excluidas licencias de sistema operativo o aplicaciones de informática).
– Planificación, ingeniería y dirección facultativa, así como estudios de seguridad y medioambientales que sean necesarios para la realización del proyecto.
Ayudas
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