Línea 1: Fomento del Trabajo Autónomo en Andalucía. Cuota 0 - Junta de Andalucía

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    Línea 1: Fomento del Trabajo Autónomo en Andalucía. Cuota 0 - Junta de Andalucía

    ¿En qué consiste?
    Estas subvenciones están destinadas a financiar los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de trabajadores autónomos.
    • Primer año:
    La subvención cubrirá la cuota reducida de 80 euros establecida en la Tarifa Plana, permitiendo que los autónomos no tengan que pagar nada durante su primer año de actividad.

    • Segundo año:
    Si los ingresos netos del autónomo con inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual, la subvención cubrirá el 100% de la cuota, continuando con la Cuota Cero durante el segundo año.
    Podrán solicitar estas ayudas los autónomos que, a partir del 1 de enero de 2023, ejerzan una actividad económica o profesional.
    • Alta en el Régimen de la Seguridad Social.
    • Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
    • Beneficiario de la cuota reducida (Tarifa Plana).
    • Haber continuado con la cuota reducida entre los meses 13 y 24, siempre que los rendimientos económicos netos anuales durante ese periodo sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual
    Del 2 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026.
    Andalucía

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